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COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE YUCATÁN.
Mérida, Yucatán a seis de Enero del año dos mil cuatro.-----------------------------------------------------------------------
VISTOS: Atento el estado que guarda el expediente relativo a la queja que interpusieran
los ciudadanos GABRIEL CHAN SABIDO, CELIA HERRERA GARCÍA, JACINTA
GARRIDO AVILA Y WINSTON TAMAYO JIMÉNEZ, en contra del JEFE DEL
DEPARTAMENTO DE SECUNDARIAS GENERALES DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN
DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN (SEGEY), ciudadano JOSE MANUEL
VAZQUEZ PERAZA, y que obra bajo el número de expediente CODHEY
646/III/2002, y no habiendo diligencias de pruebas pendientes, por realizar,
con fundamento en los artículos 72, 73, 74, 75, 76 y 77 de la Ley
de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán
en vigor; así como de los numerales 95 fracción II, 96,
y 97 del Reglamento Interno de la propia Comisión, se procede a
emitir resolución definitiva en el presente asunto, tomando en
consideración los siguientes:
I.- COMPETENCIA RATIO PERSONAE, MATERIA, TEMPORI E LOCI
Esta Comisión de Derechos Humanos resulta ser competente para resolver
el presente asunto en virtud de haberse acreditado el interés jurídico
de los quejosos.
Al tratarse de una presunta violación a los derechos humanos de los
quejosos, esta Comisión resulta ser competente para decidir la
queja en términos de lo establecido en los artículos 3º
y 11 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de
Yucatán.
Los hechos presuntamente violados ocurrieron en la ciudad de Mérida,
Yucatán, en el mes de abril del año dos mil dos, por lo
que la Comisión resulta ser competente para resolver la queja planteada
según lo preceptuado en los artículos 11 y 48 de la Comisión
de Derechos Humanos del Estado de Yucatán.
II.- HECHOS
1.- El día diecinueve de junio el año dos mil dos, esta Comisión
recibió el escrito de queja de los ciudadanos GABRIEL CHAN SABIDO,
CELIA HERRERA GARCIA, JACINTA GARRIDO AVILA Y WINSTON TAMAYO JIMENEZ,
por presuntas violaciones a sus derechos humanos, las cuales hicieron
consistir en lo siguiente: “… Que venimos por medio del presente
memorial a presentar formal QUEJA en contra de las personas y funcionarios
que más adelante relacionamos en este escrito, queja que hacemos
consistir en los siguientes: H E C H O S 1.- Hemos sido perjudicados con
las conductas y actitudes de nuestros superiores, quienes valiéndose
del puesto que actualmente ostentan, nos violan a todas luces nuestras
garantías individuales, ya que como se podrá notar de los hechos que a
continuación detallamos, no se nos ha escuchado, ni
mucho menos se nos ha dado el derecho a defendernos. A continuación
manifestamos bajo protesta de decir verdad: que el director de la Escuela
Secundaria General No. 1 “Octavio paz”, Profesor Wilbert Burgos
Camas en colaboración con la Sociedad de Padres de Familia, planearon
la realización de una corrida de toros para el día domingo
28 de abril del 2002 en el coso Taurino “Joselito Huerta”
y el director comisionó por escrito a todo el personal de la escuela
para apoyar en las diversas actividades tales como: venta de comida, bolis,
refrescos y cerveza que se vendió por los padres de familia con
el consentimiento del Director de la escuela. Durante el evento hizo acto
de presencia el profesor José Manuel Vázquez Peraza alias
“Shogun” quien desde que llegó en compañía
de la maestra SANDRA ANTONIA LÓPEZ GONZÁLEZ de la escuela
Secundaria General número 01 se dedicó a disfrutar del evento
y a consumir cerveza. En un momento del evento los organizadores del mismo
hicieron la presentación de esa “Autoridad Educativa”
quien recibió de los más de 600 asistentes un abucheo y
silbidos en general provocando la incomodidad natural del Jefe del Departamento
y sus acompañantes. El evento concluyó a las 17:30 hrs.
El director de la escuela Wilbert Burgos Camas llegó a las 18:30
hrs. porque se encontraba evaluando en carrera magisterial, de manera
que no estuvo presente durante el evento. El Jefe del Departamento José
Manuel Vázquez Peraza continuó ingiriendo bebidas alcohólicas
hasta pasadas las 20:00 hrs. ya que a esa hora se realizaba el inventario
de las entradas a la corrida, de las ventas de comida, refrescos y cerveza.
El profesor José Manuel Vázquez Peraza acusa especialmente
a los Profesores: Jacinta Garrido Ávila, Celia Herrera García,
Winston Tamayo Jiménez y Gabriel Chan Sabido que después
de hora y media de haber concluido la corrida, a la salida, fue objeto
de “vociferaciones y varios insultos a su persona” y le ordena
por escrito al director de la escuela del turno vespertino que nos extienda
una NOTA MALA, a cada uno de nosotros por la acción que según
él realizamos a su persona, y que es FALSO DE TODA FALSEDAD PUES
JAMÁS LO AGREDIMOS VERBALMENTE. (Anexamos copias). Sobre lo anterior
hacemos las siguientes aclaraciones: • El lunes 29 de mayo por orden
del Jefe del Departamento de Secundaria Generales. El director WILBERT
BURGOS CAMAS, de la escuela del turno VESPERTINO, con engaños llevó
al Sr. Darío Ayala Mena, intendente de la escuela, a la oficina
de esa autoridad educativa quien hostigándolo a declarar, lo presiona
para que diga quienes vociferaron insultos a su persona. El mencionado
intendente niega conocer quien vociferó en contra del Jefe del
Depto. de Sec. Grales. Si el evento concluyó a las 17:30 hrs. ¿Qué
hacía el Jefe del Depto. de Sec. Grales, Prof. José Manuel
Vázquez Peraza hasta las 20:00 hrs. siendo una autoridad educativa?
Se quedó para seguir ingiriendo bebidas alcohólicas (cerveza)
en la mesa que oficialmente estaba reservada para los presentes de la
S.E.G.E.Y. dejando en evidencia la honorabilidad de la institución
que él dice “dignamente” representa. El director de
la escuela presionado por la superioridad transcribe el oficio # 264 después
de haber transcurrido 14 días en donde ordena la extensión
de notas malas a maestros ya mencionados. ¿Si él como director
convoca para asistir al evento no puede dar fe de la veracidad de los
hechos que dice el jefe del Depto. de Sec. Grales. que se dieron , mucho
menos puede y debe sancionar, si ya había concluido el evento y
las comisiones ya habían sido cumplidas a satisfacción y
que en ningún momento ingerimos bebidas embriagantes. ¿De
que se está hablando? Se habla de abuso de autoridad vulnerando
nuestros derechos individuales como empleados del Gobierno del Estado
de Yucatán este funcionario quien valiéndose de su cargo,
presiona, amedentra y hostiga al personal. Y colaborando con la escuela
el DOMINGO 28 DE ABRIL EN DIA INHÁBIL, dejando la ocupaciones de
padres de familia pues es el día que le dedicamos a nuestras familias,
el único reconocimiento que recibimos por la labor que realizamos
a beneficio de la escuela es la NOTA MALA la DIFAMACIÓN Y CALUMNIAS
que ordena el jefe del departamento de segundarias Profesor JOSE MANUEL
VÁZQUEZ PERAZA al Director del turno vespertino profesor WILBERT
BURGOS CAMAS. Se violenta fragantemente los derechos que nos concede el
artículo 83 de la Ley General de trabajo donde nos otorga el término
de 10 días hábiles para manifestar nuestra inconformidad
hacia los oficios antes mencionados. ¿De que manera realiza el
Jefe del Depto. la investigación para determinar quienes son las
personas que supuestamente lo ofendieron? Esta es una prueba más
que se suma a las numerosas inconformidades, anomalías, quejas
y arbitrariedades que ese jefe del Depto. de Sec. Grales. Prof. José
Manuel Vázquez Peraza ha cometido desde principios de su gestión
y que nosotros, maestros de la Esc. Sec. Gneral No. 1 hemos denunciado
en tiempo y forma a la Secretaría de Educación Pública.
Y en respuesta a la valentía de denunciar los actos dolosos, burlas
y arbitrariedades que denigran al magisterio yucateco, hemos recibido
hostigamiento, cambio arbitrario de centro de trabajo, amenazas, negativas
a incremento de horas, notas de extrañamientos, obstaculización
de pagos pendientes, dejando en entredicho la dignidad y honorabilidad
de las maestras en su calidad de mujer y la expedición de notas
malas manchando el expediente del personal. Con todos los actos que se
han denunciado, se demuestra la poca calidad moral y falta de ética
profesional del mencionado profesor para desempeñar un cargo de
esa naturaleza. La educación del pueblo yucateco requiere de un
funcionario justo, íntegro, respetuoso y tolerante con aquellas
personas que no concuerdan con su proceder e ideología. ¿Nos
hemos quejado con la titular de la S.E.G.E.Y., sicóloga Carmen
Zita Solís Robleda manifestándole todas las arbitrariedades
que se han cometido en nuestras personas o si desconoce los antecedente
penales de ese servidor público se lo hemos manifestado? (Anexamos
copia), quien con esa actitud denigra no sólo al magisterio sino
a los funcionarios que integran el actual gabinete del Sr. Gobernador
Patricio Patrón Laviada; quien ha dicho públicamente que
no permitirá abusos, arbitrariedades y cualquier otro tipo de corrupción
que manche el buen funcionamiento e imagen del gobierno electo por el
pueblo. Anexamos copias de las notas malas y la nota de extrañamiento
donde se nota que nos violan nuestros derechos laborales. Por lo anteriormente
expuesto solicitamos su valiosa intervención para la pronta solución
de los problemas que nos aquejan por lo siguiente: I.- Porque hay una
clara violación de nuestros derechos es la injustificada mala nota
que se nos aplicó sin darnos el derecho a defendernos pues no se
abrió una investigación. II.- Porque el reglamento de las
condiciones generales de trabajo del personal de la Secretaría
de Educación Pública, en su artículo 73 establece
que la acumulación de tres extrañamientos se computará
por una nota mala. En el presente caso ni siquiera se nos había
levantado una nota de extrañamiento. Y posteriormente de una manera
tácita de aceptar su mala fe, nos manda una nota de extrañamiento
con fecha posterior a la de la nota mala. Demostrándose de esta
manera su mal proceder de los funcionarios en cuestión. III.- El
reglamento de las condiciones generales de trabajo del personal de la
Secretaría de Educación Pública, en su artículo
83 donde nos permite hacer valer nuestros derechos durante diez días
hábiles para contestar lo que corresponda. ...” (sic). Asimismo
el libelo de referencia se encuentra acompañado de la documentación
siguiente: I.- Copia fotostática simple de una nota periodística
correspondiente al día lunes seis de agosto del año dos
mil uno, en cuyo encabezado se puede leer: <Combate “desde adentro”
–ofrece nuevo funcionario Ya no habrá “relaciones perversas”
en educación>. II.- Copia fotostática simple del oficio
número 100 de fecha veinte de septiembre del año dos mil,
relativo a una nota de exhortación, girada a la profesora Celia
Herrera García, por el Director de la Escuela Secundaria Número
1 del turno vespertino, Profesor Wilbert Burgos Camas. III.- Copia fotostática
simple de un oficio sin número de fecha quince de diciembre del
año dos mil, relativo a un recordatorio, girado a la profesora
Celia Guadalupe Herrera García por el Director de la Escuela Secundaria
Número 1 “Santiago Burgos Brito”, Profesor Alfredo
Ruiz Polanco. IV.- Escrito de fecha treinta y uno de enero del año
dos mil dos suscrito por la profesora Celia Guadalupe Herrera García,
en el que manifiesta a la Secretaría de Educación del Gobierno
del Estado de Yucatán lo siguiente: “… Por este medio
y respetuosamente hago de su conocimiento que existe en mí cierta
inquietud con relación a 6 (seis) horas de tecnológicas
(Taquimecanografía) mismas que cubrí del 16 de octubre al
19 de diciembre de 2001 en la Escuela Secundaria General No.1 “OCTAVIO
PAZ” en sustitución de la Profra. Martha Gertrudis Góngora
Cervera, por incapacidad Médica (Artículo 754) definitiva.
Soy egresada de la ENSY en la especialidad de tecnológicas, pertenezco
a la academia, soy jefa de la especialidad y mi ingreso a la Secretaría
de Educación es del 1 de enero de 1970 (32 años de antigüedad.)
Laboro como Bibliotecaria en la Esc. Sec. Gral. No.1 “SANTIAGO BURGOS
BRITO” y pertenezco a la Delegación D-II-1. Tengo tal inquietud
puesto que continúo frente a grupo, pues fui puesta por la Dirección
de la Esc. Sec. Gral. No.1 OCTAVIO PAZ” y por la Delegación
D-II-1 por esas 6 (seis) horas y hasta el día de hoy no se me ha
otorgado mi despacho respectivo y que debe ser definitivo y no por tiempo
limitado como pretende hacer el Prof. José Manuel Vázquez
Peraza, Jefe del Depto. de Secundarias Generales, versión verbal
de la que fui informada por la C.Profra. Genny Sánchez. Hago saber
que el Prof. Vázquez Peraza, solo busca perjudicarme y con estas
acciones perversas, solo es para su satisfacción personal y no
cumple en respetar mis derechos escalafonarios como servidor público.
Es mi deseo jubilarme lo más pronto posible y es por eso que solicito
su intervención inmediata. En la Delegación D-II-1 se vive
un ambiente de desacuerdo e intranquilidad precisamente porque no se está
respetando las propuestas de la Dirección de la escuela mancomunada
con la Delegación D-II-1, y el Jefe del Departamento de Secundaria
General actúa con decisiones personales. En el periódico
“Diario de Yucatán” del 6 de agosto de 2001 el Prof.
Filiberto Pinelo Sansores” ofrece combatir desde adentro toda acción
corrupta y perversa, por amiguismo o compadrazgo, ofrece hacer valer los
derechos escalafonarios y muchos yucatecos queremos creer en sus ofrecimientos.
Somos muchos (as) que creemos en que Ud. C. Psic. Carmen Zita desea trabajar
en concordia, respetando derechos y hacer valerlos con justicia. …”
(sic). V.- Copia fotostática simple del oficio número 204,
de fecha primero de febrero del año dos mil dos, suscrito por el
profesor José Manuel Vázquez Peraza, Jefe de Departamento
de Escuelas Secundarias Generales, dirigido al Profesor Gabriel Chan Sabido,
por medio del cual le informa que con sus nombramientos, a partir de esa
fecha debía incorporarse a sus centros de trabajo, Escuela General
No. 1 “Santiago Burgos Brito”, turno matutino, y Secundaria
General No. 1 “Octavio Paz”, turno vespertino, desempeñándose
como maestro de la actividad de educación artística. VI.-
Copia fotostática simple del oficio número 104/2002 de fecha
cuatro de febrero del año dos mil dos, suscrito por el Inspector
Escolar, Zona 02, dirigido al Profesor Gabriel Chan Sabido, a través
del cual se le invita a la reunión de trabajo a efectuarse ese
día, a las dieciocho horas en la biblioteca de la Escuela Secundaria
“Octavio Paz”, con el propósito de atender asuntos
referentes a incrementos del personal escolar y del oficio número
ciento veintinueve del año anterior, signado por el Director de
la Escuela Secundaria General número uno “Santiago Burgos
Brito”, dirigido a la Profesora Jacinta Garrido Ávila. VII.-
Copia fotostática simple del oficio número 103 de fecha
cuatro de febrero del año dos mil dos, suscrito por el Inspector
Escolar, Zona 02, dirigido a la Profesora Jacinta Garrido Ávila,
por el que se le invita a una reunión de trabajo, para ese día
a las seis de la tarde, en la biblioteca de la escuela Secundaria General
Número uno, “Santiago Burgos Brito”, así como
lo relativo al oficio número ciento veintinueve de fecha veintitrés
de noviembre del año dos mil uno, que le fuera enviado por el Director
de esa misma escuela. VIII.- Copia fotostática simple del oficio
número 102/2002 de fecha cuatro de febrero del año dos mil
dos, suscrito por el Inspector Escolar, Zona 02, dirigido a la Profesora
Celia Guadalupe Herrera García, por el que se le invitó
a una reunión de trabajo, para ese día a las seis de la
tarde en la biblioteca de la escuela Secundaria General número
1 “Octavio Paz”, para tratar lo referente a su incremento
propuesto por la D-II-1. IX.- Copia fotostática simple de de un
escrito de fecha siete de febrero del año dos mil dos, suscrito
por los profesores Gabriel Chan Sabido, Bulmaro Rojas Gutiérrez,
Víctor Carrillo González, Karla González, José
Pérez Borjes, Rosalva Paredes Segovia, Raúl Casanova Contreras,
Luis Escamilla, Eliseo Pereyra, Jacinta Garrido Ávila, y los ciudadanos
Darío Ayala y Wilfredo Salazar, por medio del cual hacen diversas
manifestaciones al Secretario General e la Sección treinta y tres
del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación. X.- Copia
fotostática simple del oficio sin número de fecha siete
de febrero del año dos mil dos, suscrito por el Director de la
Escuela Secundaria General número uno “Octavio Paz”,
por medio del cual envió al Jefe del Departamento de Recursos Humanos
de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado, la
incapacidad médica del Profesor Gabriel Chan Sabido. XII.- Copia
fotostática simple de la licencia médica número 06684,
de fecha seis de febrero del año dos mil dos, a nombre de Chan
y Sabido Gabriel. XIII.- Acta de fecha siete de febrero del año
dos mil dos, suscrita por el Director de la Escuela Secundaria Federal
número 1 “Octavio Paz”, relativa al abandono de empleo
por parte del Profesor Gabriel Chan Sabido. XIV.- Copia fotostática
simple de un escrito de fecha trece de febrero del año dos mil
dos, suscrito por la Profesora Celia Guadalupe Herrera García,
dirigido al Director de le Escuela Secundaria Federal número 1,
“Santiago Burgos Brito”, por medio del cual le da respuesta
al oficio de exhorto de fecha treinta y uno de enero del año dos
mil dos. XV.- Copia fotostática simple del oficio sin número
de fecha siete de febrero del año dos mil dos, suscrito por el
Director de la Escuela Secundaria General número 1, “Octavio
Paz”, por el cual envía al Director de Secundarias de la
Secretaría de Educación del Gobierno del Estado, con atención
al Jefe del Departamento de Secundarias Generales, el acta de abandono
de empleo, expedida a nombre del profesor Gabriel Chan Sabido. XVI.- Copia
fotostática simple del escrito de fecha trece de febrero del año
dos mil dos, suscrito por la Profesora Celia Guadalupe Herrera García,
por medio del cual hace diversas manifestaciones al Profesor Freddy Santos
Morales. XVII.- Copia fotostática simple de un oficio sin número
de fecha cinco de marzo del año dos mil dos, suscrito por el Director
de la Escuela Secundaria General número 1 “Octavio Paz”,
por el que hace del conocimiento del Director de Educación Secundaria,
la fecha en que se dio posesión a la Profesora Celia Guadalupe
Herrera García, para atender la asignatura de educación
tecnológica (taquimecanografía), en sustitución de
la Profesora Martha Góngora Cervera. XVIII.- Copia fotostática
simple de un escrito de fecha doce de abril del año dos mil dos,
en el que se puede leer: “ESCUELA SECUNDARIA GENERAL NO. 1 “OCTAVIO
PAZ” Calle 21 No. 82-A Col. Itzimná Mérida, Yuc. ASUNTO:
Comisión. Mérida, Yuc., a abril 12 de 2002. C. PROFR.(A).
CELIA HERRERA GARCIA. Edificio. La Subdirección de la Escuela Secundaria
General No. 1 “OCTAVIO PAZ” con Clave: 31DES2004T de esta
ciudad, COMISIONA a usted: para recepcionar en el BANCO DE TICKETS No.
2, en nuestro evento taurino que se llevará a cabo el día
28 de abril del año en curso. Ruego a usted su mejor colaboración
y participación a efecto de asegurar el éxito de las actividades
a realizar. ATENTAMENTE PROF. ERMILO MEDIAN Y ZAPATA. SUBDIRECTOR SRIO.
Vo. Bo. PROF. WILBERT BURGOS CAMAS. DIRECTOR. XIX.- Copia fotostática
simple de una nota periodística en la que se puede leer: “…
Sujeto ebrio en Yucalpetén allanó un predio y agredió
a la propietaria con una botella”. XX.- Copia fotostática
simple del oficio número doscientos cincuenta, de fecha diecisiete
de mayo del año dos mil dos, suscrito por el Director de la Escuela
Secundaria General número uno “Octavio Paz”, dirigido
a la Profesora Celia Herrera García, en el que se puede leer: “…
ASUNTO: Se transcribe NOTA MALA. Mérida, Yuc., a 17 de mayo del
2002. C. PROFRA. CELIA HERRERA GARCIA. PRESENTE. Me permito transcribir
el Of. No. 264 girado por el Departamento de Secundaria Generales. Relacionado
con Notas Malas: “Por este medio me permito manifestarle los hechos
acaecidos el día 28 de abril del año en curso, cuando en
esta Jefatura de Departamento a mi cargo, recibimos su amable invitación
para asistir a las actividades para festejar el V aniversario de esa escuela
que usted dirige. Fue muy penoso encontrar a la Profra. Celia Herrera
García, personal comisionado para actividades de este evento, consumiendo
bebidas embriagantes, en virtud de que tenía una responsabilidad
que cumplir durante el evento, y más penoso fue que en ese estado
al retirarme en compañía de mi familia, vociferaron varios
insultos a mi persona. Por todo lo anterior me permito indicarle, le manifieste
a dicha persona, que mi asistencia al evento no fue a título personal.
Sino que asistí como autoridad educativa, por lo que le comunico
proceda conforme a la normatividad extender una NOTA MALA a la mencionada
profesora, por su actitud grosera y falta de respeto a una autoridad educativa
y por ingerir bebidas alcohólicas durante una comisión”.
En lo sucesivo evite actitudes negativas que únicamente deja entredicho
su profesionalismo y opaca la buena imagen de nuestra escuela. ATENTAMENTE.
PROFR. WILBERT BURGOS CAMAS. DIRECTOR DE LA ESCUELA.” (sic). XXI.-
Copia fotostática simple del oficio número doscientos cincuenta,
de fecha diecisiete de mayo del año dos mil dos, suscrito por el
Director de la Escuela Secundaria General número uno “Octavio
Paz”, dirigido al Profesor Winston Tamayo Jiménez, en el
que se puede leer: “… ASUNTO: Se transcribe NOTA MALA. Mérida,
Yuc., a 17 de mayo del 2002. C. PROFR. WINSTON TAMAYO JIMENEZ. P R E S
E N T E Me permito transcribir el Of. No. 264 girado por el Departamento
de Secundaria Generales. Relacionado con Notas Malas: “Por este
medio me permito manifestarle los hechos acaecidos el día 28 de
abril del año en curso, cuando en esta Jefatura de Departamento
a mi cargo, recibimos su amable invitación para asistir a las actividades
para festejar el V aniversario de esa escuela que usted dirige. Fue muy
penoso encontrar al Profr. Winston Tamayo Jiménez, personal comisionado
para actividades de este evento, consumiendo bebidas embriagantes, en
virtud de que tenía una responsabilidad que cumplir durante el
evento, y más penoso fue que en ese estado al retirarme en compañía
de mi familia, vociferaron varios insultos a mi persona. Por todo lo anterior
me permito indicarle, le manifieste a dicha persona, que mi asistencia
al evento no fue a título personal, sino que asistí como
autoridad educativa, por lo que le comunicó proceda conforme a
la normatividad extender una nota mala al mencionado profesor, por su
actitud grosera y falta de respeto a una autoridad educativa y por ingerir
bebidas alcohólicas durante una comisión.” En lo sucesivo
evite actitudes negativas que únicamente deja entredicho su profesionalismo
y opaca la buena imagen de nuestra escuela. ATENTAMENTE. PROFR. WILBERT
BURGOS CAMAS. DIRECTOR DE LA ESCUELA.” (sic). XXII.- Copia fotostática
simple del oficio número doscientos cincuenta, de fecha diecisiete
de mayo del año dos mil dos, suscrito por el Director de la Escuela
Secundaria General número uno “Octavio Paz”, dirigido
a la Profesora Jacinta Garrido Ávila, en el que se puede leer:
“… ASUNTO: Se transcribe NOTA MALA. Mérida, Yuc., a
17 de mayo del 2002. C. PROFRA. JACINTA GARRIDO AVILA. P R E S E N T E
Me permito transcribir el Of. No. 264 girado por el Departamento de Secundarias
Generales. Relacionado con Notas Malas: “Por este medio me permito
manifestarle los hechos acaecidos el día 28 de abril del año
en curso, cuando en esta Jefatura de Departamento a mi cargo, recibimos
su amable invitación para asistir a las actividades para festejar
el V aniversario de esa escuela que usted dirige. Fue muy penoso encontrar
a la Profra. Jacinta Garrido Avila , personal comisionado para actividades
de este evento, consumiendo bebidas embriagantes, en virtud de que tenía
una responsabilidad que cumplir durante el evento, y más penoso
fue que en ese estado al retirarme en compañía de mi familia,
vociferaron varios insultos a mi persona. Por todo lo anterior me permito
indicarle, le manifieste a dicha persona, que mi asistencia al evento
no fue a título personal, sino que asistí como autoridad
educativa, por lo que le comunico proceda conforme a la normatividad extender
una nota mala a la mencionada profesora, por su actitud grosera y falta
de respeto a una autoridad educativa y por ingerir bebidas alcohólicas
durante una comisión.” En lo sucesivo evite actitudes negativas
que únicamente deja en entredicho su profesionalismo y opaca la
buena imagen de nuestra escuela. ATENTAMENTE. PROFR. WILBERT BURGOS CAMAS.
DIRECTOR DE LA ESCUELA.” (sic). XXXIII.- Copia fotostática
simple del oficio número doscientos cincuenta, de fecha diecisiete
de mayo del año dos mil dos, suscrito por el Director de la Escuela
Secundaria General número uno “Octavio Paz”, dirigido
al Profesor Gabriel Chan Sabido, en el que se puede leer: “…
ASUNTO: Se transcribe NOTA MALA. Mérida, Yuc., a 17 de mayo del
2002. C. PROFR. GABRIEL CHAN SABIDO. P R E S E N T E Me permito transcribir
el Of. No. 264 girado por el Departamento de Secundaria Generales. Relacionado
con Notas Malas: “Por este medio me permito manifestarle los hechos
acaecidos el día 28 de abril del año en curso, cuando en
esta Jefatura de Departamento a mi cargo, recibimos su amable invitación
para asistir a las actividades para festejar el V aniversario de esa escuela
que usted dirige. Fue muy penoso encontrar al Profr. Gabriel Chan Sabido,
personal comisionado para actividades de este evento, consumiendo bebidas
embriagantes, en virtud de que tenía una responsabilidad que cumplir
durante el evento, y más penoso fue que en ese estado al retirarme
en compañía de mi familia, vociferaron varios insultos a
mi persona. Por todo lo anterior me permito indicarle, le manifieste a
dicha persona, que mi asistencia al evento no fue a título personal,
sino que asistí como autoridad educativa, por lo que le comunico
proceda conforme a la normatividad extender una nota mala al mencionado
profesor, por su actitud grosera y falta de respeto a una autoridad educativa
y por ingerir bebidas alcohólicas durante una comisión.”
En lo sucesivo evite actitudes negativas que únicamente deja entredicho
su profesionalismo y opaca la buena imagen de nuestra escuela. ATENTAMENTE.
PROFR. WILBERT BURGOS CAMAS. DIRECTOR DE LA ESCUELA.” (sic). XXIV.-
Copia fotostática simple del oficio número 109, de fecha
veintidós de mayo del año dos mil dos, suscrito por el Profesor
Gabriel Chan Sabido, por el que manifiesta al Subdirector Secretario de
la Escuela Secundaria General número uno “Octavio Paz”,
su inconformidad ante los citatorios que fueron enviados al mismo, así
como a las profesoras Celia Herrera García, Jacinta Garrido Ávila,
por no especificar el asunto a tratar en la platica a que se refieren,
motivo éste por el que no se firmó la recepción de
los mismos. XXV.- Copia fostostática simple de un escrito de fecha
tres de junio del año dos mil dos, suscrito por el Profesor Gabriel
Chan Sabido, por el que manifiesta al Director de la Escuela Secundaria
General “Octavio Paz”, una inconformidad, solicitando la anulación
de una nota mala, misma que se encuentra redactada en los siguientes términos:
“… En contestación del oficio # 250 girado por usted
en la que se me transcribe una nota mala extendida por el Jefe del Departamento
de Secundarias Generales de la SEGEY, Prof. JOSE M. VAZQUEZ PERAZA, le
manifiesto lo siguiente: primero, mi inconformidad por haberme entregado
esta nota hasta el día 31 de mayo p. pdo, cuando el oficio con
la que se giró fue de 17 de mayo del presente año, no dándome
la oportunidad – como marca el artículo 83 del “Reglamento
de las Condiciones Generales del Trabajador del Personal de la Secretaría
de Educación Pública” – de recurrir por escrito
en un plazo de 10 días hábiles para inconformarme y solicitar
la anulación de tal nota mala. Quiero señalar que el citado
Jefe de Departamento, abusando del cargo que ostenta, me ha hecho víctima
de acoso y persecución por motivos personales. Asimismo aclaro
que hasta ahora lo único que he procurado es llevar a cabo el papel
que me corresponde desempeñar como secretario de la delegación
D-II-I y como docente, tal y como a usted le consta y en la que mantenemos
siempre un ambiente de respeto. Aclaro que el día del hecho que
señala el Jefe del Departamento como agresión a su persona,
señalándome como responsable directo, asistieron gran número
de gente de la escuela y ajena a ella, y en un sitio público aunque
sea evento de una escuela, es imposible controlar a un público
numeroso. En lo personal llevé a cabo la comisión que se
me encomendó sobrio, pues pongo como testigo a la gente que me
conoce que no acostumbro a tomar y menos lo haría en el momento
de desempeñar alguna comisión de la escuela, pues existe
algo que se llama ética, valor que es parte de mi persona. Por
todo lo anterior, solicito que se haga la aclaración pertinente
ante el Jefe del Departamento, para anular dicha nota mala ya que usted
tal como ampara el oficio – el cual anexo a éste –
cumplió con transcribirla, pero sé que nadie mejor que el
responsable de esta escuela puede atestiguar cómo me desempeño
en mis labores. Espero a la brevedad posible una respuesta, agradeciéndole
de antemano su gestión. A T E N T A M E N T E. PROFR. GABRIEL CHAN
SABIDO. C.c.p. Prof. Filiberto Pinelo Sansores. Director de Secundarias.
C.c.p. Prof. José M. Vázquez Peraza.- Jefe del Departamento
de Sec. Generales. C.c.p. Profa. Silvia López Balam.- Pdte. Arbitro
de la H. Comisión Estatal Mixta de Escalafon. C.c.p. Prof. Rafael
Ochoa Guzman.- Secretario General del CEN del SENTE. C.c.p. Lic. Cristina
Rojas .- Del Departamento Jurídico del CEN del SENTE. C.c.p. Prof.
Freddy Santos Morales.- Secretario General de la Sección 33.”
(sic). XXVI.- Copia fotostática simple de un escrito de fecha tres
de junio del año dos mil dos, suscrito por el Profesor Winston
Tamayo Jiménez, a través del cual manifiesta al Director
de la Escuela Secundaria General número uno, “Octavio Paz”,
una inconformidad, en la cual se puede leer: “ … En respuesta
a su oficio No. 264 . Me dirijo a Ud, manifestando la forma que el profesor.
José Manuel Vázquez Peraza. Jefe del Departamento de Secundarias
Gral. Bajo injurias, hostigamiento y calumiando a un servidor , diciendo
que estaba borracho y que Le falte a el y a su familia , la cuál
es mentira porque en ningún momento cruce palabra alguna con el
ya mencionado. Aclarando que el día 28 de Abril del año
en curso, es un día inhábil y desempeñé una
labor social en un evento taurino. (Plaza Joselito Huerta) organizado
por la escuela para recabar fondos económicos. No omito manifestarle
que este servidor público, desde que desempeña ese cargo
administrativo, se dedica a intimidar a los compañeros. Además,
él llegó al evento y estuvo ingiriendo bebidas alcohólicas,
y siguió bebiendo cerveza hasta entrada la noche, porque mientras
se recogían las mesas y las neveras etc. En ese tiempo estuvo tomando.
Como es posible que un funcionario se exprese en esos términos
con ofensas a sus compañeros de trabajo. ATENTAMENTE. Prof. Winston
Tamayo Jiménez. C.c.p. Secretaria de Educación. Carmen Zita
Solís en el Estado de Yucatán. C.c.p. al Secretario General
de la Sección 33 del S:NT:E. Prof. Fredi Santos en el Estado de
Yucatán. C.c.p. A la Secretaria de la Región 3 del S.NTE.
Profra. Evelia Pacheco. C.c.p. Al Secretario General de la Dele D-11-1
del S:N:T:E. C.c.p. Al supervisor Escolar Zona 2 Heyder Rosado Martinez.
C.c.p. Filiberto Pinelo Sansores. Director de Educación Secundaria.
C.c.p. Profra. Sivia López Balam. Pdte. Arbitro de la comisión
Mixta de Escalafón. C.c.p. Prof. José M. Vázquez
Peraza Jefe del Departamento de Secundarias Generales. C.C.P. . PARA EL
GOBERNADOR DEL ESTADO DE YUCATAN. PATRICIO PATRON LAVIADA. C.CP. PARA
EL SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO NACIONAL DE LOS TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN EN LA CIUDAD DE MÉXICO D.F.” (sic). XXVII.-
Copia fotostática simple del escrito de fecha cuatro de junio del
año en curso, suscrito por los Profesores Jacinta Garrido Ávila,
Celia Herrera García, Winston Tamayo Jiménez y Gabriel Chan
Sabido, así como el Bachiller Darío Ayala Mena, por medio
del cual se dirigen a la Psicóloga Carmen Zita Solís de
Robleda, Secretaria de Educación del Estado, a efecto de manifestar:
“… ASUNTO: Inconformidad por oficio No. 264. El director de
la Escuela Secundaria General No. 1 “Octavio Paz”, Prof. Wilberth
Burgos Camas en colaboración con la Sociedad de Padres de Familia,
planearon la realización de una corrida de toros para el día
domingo 28 de abril del 2002 en el Coso Taurino “Joselito Huerta”
y el director comisionó por escrito a todo el personal de la escuela
para apoyar en las diversas actividades tales como: venta de comida, bolis,
refrescos y cerveza. Durante el evento hizo acto de presencia el Prof.
José Manuel Vázquez Peraza alias “Shogun” quien
desde que llegó en compañía de una maestra de la
escuela se dedicó a disfrutar del evento y a consumir cerveza.
En un momento del evento los organizadores del mismo hicieron la presentación
de esa “Autoridad Educativa” quien recibió de los más
de 600 asistentes un abucheo y silbidos en general provocando la incomodidad
natural del Jefe del Departamento y sus acompañantes. El evento
continuó y concluyó a las 17:30 hrs. El director de la escuela
Wilberth Burgos Camas llegó a las 18.30 hrs. porque se encontraba
evaluando en Carrera Magisterial, de manera que no estuvo presente durante
el evento. El Jefe del Departamento José Manuel Vázquez
Peraza continuó ingiriendo bebidas alcohólicas hasta pasadas
las 20:00 hrs. El Prof. José Manuel Vázquez Peraza acusa
especialmente a los Profres: Jacinta Garrido Ávila, Celia Herrera
García, Winston Tamayo Jiménez y Gabriel Chan Sabido que
después de hora y media de haber concluido la corrida, a la salida,
fue objeto de “vociferaciones y varios insultos a su persona”
y le ordena al director de la escuela que extienda a estos mentores NOTA
MALA, a cada uno de ellos por la acción que según él
realizaron a su persona. (Anexamos copias). Sobre lo anterior hacemos
las siguientes aclaraciones: • El lunes 29 de mayo por orden del
Jefe del Depto. de Sec. Grales. El director de la escuela, con engaños
llevó al Sr. Darío Ayala Mena, intendente de la escuela,
a la oficina de esa autoridad educativa quien hostigándolo a declarar,
lo presiona para que diga quienes vociferaron insultos a su persona. El
mencionado intendente niega conocer quien vociferó en contra del
Jefe del Depto. de Sec. Grales. • Si el evento concluyó a
las 17:30 hrs. ¿Qué hacia el Jefe del Depto. de Sec. Grales,
Prof. José Manuel Peraza hasta las 20:00 hrs. siendo una Autoridad
Educativa? Continuó ingiriendo bebidas alcohólicas (cerveza)
en la mesa que oficialmente estaba reservada para los representantes de
la S. E. G. E. Y. dejando en evidencia la honorabilidad de la institución
que él dice “dignamente” representa. • El director
de la escuela presionado por la superioridad transcribe el oficio # 264
en donde ordena la extensión de notas malas a maestros ya mencionados.
¿Si él como director y convocante para asistir al evento
no puede dar fe de la veracidad de los hechos que dice el Jefe el Depto.
de Sec. Grales. que se dieron, mucho menos puede y debe sancionar, si
ya había concluido el evento y las Comisiones ya habían
sido cumplidas a satisfacción y que en ningún momento ingerimos
bebidas embriagantes. ¿De qué se está hablando? Se
habla de abuso de autoridad del funcionario quien valiéndose de
su cargo, presiona, amedrenta y hostiga al personal, que dejando las ocupaciones
de padres de familia colaboran con la escuela en días • Se
violenta fragantemente los derechos que nos concede el artículo
83 de la Ley General e Trabajo donde nos otorga el término de 10
días hábiles para manifestar nuestra inconformidad hacia
los oficios antes mencionados. • ¿De qué manera realiza
el Jefe del Depto. la investigación para determinar quienes son
las personas que supuestamente lo ofendieron? Esta es una prueba más
que se suma a las numerosas inconformidades, anomalías, quejas
y arbitrariedades que ese jefe de Depto. de Sec. Grales. Profr. José
Manuel Vázquez Peraza ha cometido desde principios de su gestión
y que nosotros, maestros de la Esc. Sec. General No. 1 hemos denunciado
en tiempo y forma a esa Secretaría a su cargo. Y en repuesta a
la valentía de denunciar los actos dolorosos, burlas y arbitrariedades
que denigran al magisterio yucateco, hemos recibido hostigamiento, cambio
arbitrario de centro de trabajo amenazas, negativas a incremento de horas,
obstaculización de pagos pendientes, dejando entredicho la dignidad
y honorabilidad de las maestras en su calidad de mujer y la expedición
de notas malas manchando el expediente personal. Con todos los actos que
se han denunciado, se demuestra la poca calidad moral y falta de ética
profesional del mencionado profesor para desempeñar un cargo de
esta naturaleza. …” (sic). XXVIII.- Copia fotostática
simple de un escrito de fecha siete de junio del año dos mil dos,
suscrito por la Profesora Celia Guadalupe Herrera García, por el
que se dirige al Director de la Escuela Secundaria General número
1 “Octavio Paz”, a efecto de dar contestación al oficio
número dos cientos cincuenta, mismo que se encuentra en los siguientes
términos: “… Por este medio y respetuosamente doy contestación
a su Oficio No. 250 de fecha 31 de Mayo del año en curso y en donde
me transcribe el también Oficio No. 264 de fecha 17 de Mayo del
mismo año, del Prof. José Manuel Vázquez Peraza Jefe
el Departamento de Escuelas Secundarias Generales., en la que hace gala
de su prepotencia y abuso de autoridad, para exigirle a Ud. que proceda
a extenderme una NOTA MALA. Cabe mencionar a Ud. que no me dio oportunidad
de recurrir por escrito en el plazo de 10 días hábiles para
inconformarme y solicitarle la anulación de la NOTA MALA como marca
el Artículo 83 del Reglamento de las condiciones generales del
trabajador del personal de la SEGEY. Para hacer una acusación oficial,
El Jefe del Departamento de Secundarias Generales, deberá COMPROBAR
sobre los hechos de los que acusa y no actuar como Juez y parte. También
acepta haber asistido al festejo taurino como AUTORIDAD. Como Autoridad
y representatividad al servicio que le fue encomendado por la SEGEY, el
Profesor José Manuel Vázquez Peraza, NO guardó sana
compostura y respeto a tan honorable cargo, ya que desde que llegó,
acabó y después del festejo, estuvo ingiriendo cervezas
y dicen quienes tuvieron la encomienda de recoja de utensilios, neveras
y envases que se retiro como a las 8.00 de la noche. El mencionado festejo
taurino en la plaza “Joselito Huerta” se realizó el
pasado 28 de abril (DOMINGO) siendo día inhábil, festejo
público-popular y en donde hubo venta de antojitos, bolis y cerveza
generalizando. Dicho festejo taurino termino a las 17.30 P.M. y a esa
hora mi comisión también termino. El Prof. Vázquez
Peraza acepta en su oficio No. 264 que “terminado” el festejo
fue cuando se le vociferaron insultos, Dónde fue? En la calle?
afuera? A qué hora? En dicho evento no se encontraba ninguna autoridad
de la mencionada escuela a que pueda acreditar o atestiguar de lo que
acusa el Prof. Vázquez Peraza, ya que se encontraban presentando
Carrera magisterial. La transcripción que Ud. me hace del Oficio
No. 264 del Prof.José Manuel Vázquez Peraza, es uno mas
de sus voluntariosos y provocadores caprichos, para aquellos que no estamos
de acuerdo con sus ideologías políticas (?) Por todo lo
anteriormente expuesto a Ud. y con todo respecto manifiesto mi inconformidad
y solicito la invalidación de la NOTA MALA por no poder Ud. acreditar
la versión que se le da y se le exige proceder indebidamente. ….
C.c.p.- C. PATRICIO PATRON LAVIADA.-GOBERNADOR DEL ESTADO DE YUCATAN.-PRESENTE.
C.c.p.-C. Psic. Carmen Zita Solís Robleda.-Secretaria de Educación
de la SEGEY.-Presente.- C.c.p. C. Prof. Filiberto Pinelo Sansores.- Director
de Escs.Secs.Grales.de la SEGEY.- Presente. C.c.p.-C. Prof.Heydher R.Rosado
Martínez.-Inspector escolar de la Zona 02.- Presente. C.c.p.-C.
Profra.Silvia López Balam.- Presidente Arbitro de la Comisión
Estatal de Escalafón Mixta.-Presente. C.c.p. Para el Departamento
Jurídico de la SEGEY.-Presente. C.c.p.- C.Profr. Freddy Santos
Morales.- Srio.de la Sección XXXIII del SENTE en Yucatán.-Presente.
C.c.p.- C.Profr. Gabriel Chan Sabido.-Srio.Gral.de la Delegación
D-II-1 del SENTE. Presente. C.c.p.- C. Prof. Manuel Vázquez Peraza.-
Jefe del Depto. de Escs. Secs. Grales. de la SEGEY.-Presente. C.c.p. La
interesada.” (sic). XXIX.- Copia fotostática simple de un
escrito de fecha dieciocho de junio del año dos mil dos, por el
que los Profesores Jacinta Garrido Ávila, Celia Guadalupe Herrera
García, Winston Tamayo Jiménez y Gabriel Chan Sabido, presenta
formal denuncia y/o querella ante el Ministerio Público del Fuero Común.
III.- EVIDENCIAS.
En este caso lo constituyen:
Acuerdo de fecha diecinueve de junio del año dos mil dos, por el
cual esta Comisión de Derechos Humanos, tiene por recibido de los
profesores Gabriel Chan Sabido, Celia Herrera García, Jacinta Garrido
Ávila y Winston Tamayo Jiménez, su escrito de fecha dieciocho
de ese mismo mes y año, asignándosele el número de
expediente CODHEY 646/III/2002.
Comparecencia de fecha diecinueve de junio del año dos mil dos,
en la cual la profesora Celia Herrera García se afirma y ratifica
de su escrito de queja de fecha dieciocho de junio del año dos
mil dos y en la que agregó: “… que se queja específicamente
contra el señor JOSÉ MANUEL VÁZQUEZ PERAZA, Jefe
del Departamento de Secundarias Generales de la SEGEY, en virtud de que
dicho funcionario remitió a la Dirección de la Escuela Secundaria
General Número 1 Octavio Paz, escuela donde labora la quejosa como
profesora de Educación Tecnológica (talleres), el oficio
número 264, en el cual se ordenó al profesor Wilbert Burgos
Camas, director de la citada escuela secundaria, que expida una NOTA MALA
a la citada compareciente, ya que el día domingo veintiocho de
abril del año en curso, siendo día no laborable según
calendario que rige a dicha escuela, durante un evento realizado a beneficio
de la misma escuela, al parecer según criterio del citado funcionario
de la SEGEY, la quejosa se encontraba de comisión y durante el
desarrollo de la misma, dicha profesora se encontraba ingiriendo bebidas
embriagantes, así como también le faltó al respeto
a dicho funcionario de la SEGEY, hechos que causan asombro a la quejosa
ya que son totalmente falsos, en virtud de que cuando llegó la
compareciente al lugar del evento, varias de las comisiones ya estaban
ocupadas por la sociedad de padres de familia de dicha escuela, por lo
que dicha quejosa CELIA HERRERA GARCIA, fue comisionada para atender la
venta de fichas en dicho evento, asimismo expone la compareciente que
en el citado evento hubo venta de cervezas, y de dicha actividad en ningún
momento la mencionada quejosa estuvo de acuerdo, así como tampoco
ingirió bebida alcohólica alguna, como alega el señor
JOSÉ MANUEL VÁZQUEZ PERAZA, Jefe del Departamento de Secundarias
Generales de la S.E.G.E.Y., siendo que el mencionado evento concluyó
a las diecisiete horas con treinta minutos de ese día, y con ello
concluía la citada comisión que le fue encomendada a la
CELIA HERRERA GARCIA; que el mencionado funcionario de la SEGEY, permaneció
hasta las veinte horas aproximadamente ingiriendo bebidas alcohólicas,
hechos que le constan a la de la voz, ya que la compareciente permaneció
en dicho lugar ayudando a los demás compañeros a realizar
el inventario de todos y cada uno de los artículos utilizados y
vendidos, siendo que además estaban en la espera de que llegará
el Director de la escuela, ya que este estaba presentando una evaluación
de carrera magisterial, razón por la cual dicho Director, en ningún
momento estuvo presente durante todo el desarrollo del citado evento.
Que la nota mala, ordenada por el JOSÉ MANUEL VÁZQUEZ PERAZA,
Jefe el Departamento de Secundarias Generales de la S.E.G.E.Y, le causa
un perjuicio en su expediente laboral y la limita a la quejosa obtener
algún beneficio que pudiere adquirir, así como también
les causa daños morales, ya que ante los padres de familia y compañeros
de trabajo de la citada escuela, al expresar la quejosa estuvo ingiriendo
bebidas embriagantes durante su comisión, hechos como ya ha expresado
es totalmente falso, que durante el evento el señor JOSÉ
MANUEL VÁZQUEZ PERAZA, Jefe del Departamento de Secundarias Generales
de la S.E.G.E.Y., estuvo ingiriendo cervezas; asimismo expresa que por
así convenir a sus interese señala como su representante
común al Profesor Gabriel Chan Sabido. …” (sic).
Comparecencia de fecha diecinueve de junio del año dos mil dos,
por la cual el profesor Gabriel Chan Sabido se afirma y ratifica de su
escrito de queja de fecha dieciocho de junio del año dos mil dos,
en los mismos términos de la señora Celia Herrera García
y que en obvio de repeticiones se tiene por aquí transcrito como
si se insertase a la letra para todos los efectos legales pertinentes.
Comparecencia de fecha diecinueve de junio del año dos mil dos,
por la cual el Profesor Winston Tamayo Jiménez se afirma y ratifica
de su escrito de queja de fecha dieciocho de junio del año dos
mil dos, en los mismos términos de las personas relacionadas en
las evidencias que inmediatamente anteceden y que en obvio de repeticiones
se tiene por aquí transcrito como si se insertase a la letra para
todos los efectos legales pertinentes.
Comparecencia de fecha diecinueve de junio del año dos mil
dos, por la cual la profesora Jacinta Garrido Ávila se afirma y
ratifica de su escrito de queja de fecha dieciocho de junio del año
dos mil dos, en los mismos términos de las personas relacionadas
en las evidencias que inmediatamente anteceden y que en obvio de repeticiones
se tiene por aquí transcrito como si se insertase a la letra para
todos los efectos legales pertinentes.
Acuerdo de fecha veintiuno de junio del año dos mil dos, por el
cual esta Comisión de Derechos Humanos procedió a calificar
como presunta violación a derechos humanos la queja presentada
por los profesores GABRIEL CHAN SABIDO, CELIA HERRERA GARCÍA, JACINTA
GARRIDO AVILA y WINSTON TAMAYO JIMÉNEZ, estableciendo competencia
de la siguiente manera: “… se admite la queja de los señores
GABRIEL CHAN SABIDO, CELIA HERRERA GARCÍA, JACINTA GARRIDO AVILA
y WINSTON TAMAYO JIMÉNEZ, por constituir los hechos asentados en
la misma, como presunta violación a sus derechos humanos, únicamente
en lo que respecta al procedimiento administrativo utilizado para emitir
la resolución que dio origen a la sanción de una nota mala...”.
Escrito sin fecha presentado ante este Organismo el día dos de
julio el año dos mil dos, suscrito por los Profesores Gabriel Chan
Sabido, Celia Herrera García, Winston Tamayo Jiménez y Jacinta
Garrido Ávila, por medio del cual presentan en copia simple la
siguiente documentación: I.- Oficio número noventa y cuatro,
de fecha trece de febrero el año dos mil dos, suscrito por Víctor
Carrillo González, Raúl Casanova, Rita Alcocer, Wilfrido
Salazar G., Guadalupe Vargas T., Luis Loeza D., Luis Pérez y Pérez,
entre otros, por medio del cual hacen diversas manifestaciones a la SEGEY.
II.- Escrito de fecha siete de febrero del año dos mil dos, suscrito
por los profesores Gabriel Chan Sabido, Bulmaro Rojas Gutiérrez,
Víctor Carrillo González, Karla González, José
Pérez Borjes, Rosalva Paredes Segovia, Raúl Casanova Contreras,
Luis Escamilla, Eliseo Pereyra, Jacinta Garrido Ávila, y los ciudadanos
Darío Ayala y Wilfredo Salazar, por medio del cual hacen diversas
manifestaciones al Secretario General de la Sección Treinta y Tres
del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación. III.- Licencia
médica número 06684, de fecha seis de febrero del año
dos mil dos, a nombre de Chan y Sabido Gabriel. IV.- Oficio sin número
de fecha siete de febrero del año dos mil dos, suscrito por el
Director de la Escuela Secundaria General número uno “Octavio
Paz”, por medio del cual envió al Jefe del Departamento de
Recursos Humanos de la Secretaría de Educación del Gobierno
del Estado, la incapacidad médica del Profesor Gabriel Chan Sabido.
V.- Acta de fecha siete de febrero del año dos mil dos, suscrita
por el Director de la Escuela Secundaria Federal número 1 “Octavio
Paz”, relativa al abandono de empleo por parte del Profesor Gabriel
Chan Sabido. VI.- Oficio de fecha doce de abril del año dos mil
uno, en el que literalmente se puede leer: “… ASUNTO: Comisión.
Mérida, Yuc., a 12 de abril de 2002. .PROFR. (…). GABRIEL
CHAN SABIDO. Edificio. La Subdirección de la Escuela Secundaria
General No. 1 “OCTAVIO PAZ” con Clave: 31DES2004T de esta
ciudad, COMISIONA a usted: - Propaganda en la Televisión –Venta
de Cerveza –Recepción de refrescos, hielo, mesas, etc. en
nuestro evento taurino que se llevará a cabo el día 28 de
abril del año en curso. Ruego a usted su mejor colaboración
y participación a efecto de asegurar el éxito de las actividades
a realizar. ATENTAMENTE. PROFR. ERMILO MEDINA Y ZAPATA. SUBDIRECTOR SRIO.
Vo.Bo. WILBERT BURGOS CAMAS. C.c.p. Expediente. VII.- Escrito de fecha
tres de junio del año dos mil dos, suscrito por el Profesor Gabriel
Chan Sabido, por el que manifiesta al Director de la Escuela Secundaria
General “Octavio Paz”, una inconformidad, solicitando la anulación
de la nota mala que le fuera impuesta en el oficio número dos cientos
cincuenta. VIII.- Oficio número doscientos sesenta y ocho de fecha
diez de junio del año dos mil dos, suscrito por el Director de
le Escuela Secundaria Número uno “Octavio Paz”, en
la que se puede leer: “… C. PROFR. GABRIEL CHAN SABIDO. P
R E S E N T E . En virtud de no haber entregado oportunamente sus cuadros
de concentración correspondiente al cuarto bimestre, se vio perjudicado
con esta actitud el buen funcionamiento de esta Institución. La
Dirección de la Escuela Secundaria General No. 1 “OCTAVIO
PAZ” le expide la presente: NOTA DE EXTRAÑAMIENTO. Evite
en lo sucesivo actitudes similares y tome más en serio su trabajo,
que únicamente deja entredicho su profesionalismo y opaca la buena
imagen de nuestra escuela. …” (sic). IX.- Escrito de fecha
trece de febrero del año dos mil dos, suscrito por la Profesora
Celia Guadalupe Herrera García, por medio del cual hace diversas
manifestaciones al Profesor Freddy Santos Morales. X.- Escrito de fecha
siete de junio del año dos mil dos, suscrito por la Profesora Celia
Guadalupe Herrera García, por el que se dirige al Director de la
Escuela Secundaria General número 1 “Octavio Paz”,
a efecto de dar contestación al oficio número dos cientos
cincuenta. XI.- Nota periodística correspondiente al día
vienes primero de febrero del año dos mil dos, en cuyo encabezado
se puede leer: <“Shogun” afecta a maestros de las secundarias
de Itzimná Denuncian irregularidades al otorgar horas de clases>.
(sic). XII.- Nota periodística correspondiente al día vienes
primero de febrero del año dos mil dos, en cuyo encabezado se puede
leer: “Conflicto en la Escuela Secundaria Transferida No. 1 llega
a la SEGEY”. (sic). XIII.- Nota periodística correspondiente
al día jueves veinte de junio del año dos mil dos, en cuyo
encabezado se puede leer: “Llega hasta DH lío den secundaria”
(sic). XIV.- Nota periodística correspondiente al día miércoles
diecinueve de junio del año dos mil dos, en cuyo encabezado se
puede leer: “Cuatro mentores denuncia al “Shogún”
Por violentar sus derechos laborales y morales enviando dolosa “nota
mala”. (sic). XV.- Nota periodística de Lorenzo Salas González,
correspondiente al día jueves veinte de junio del año dos
mil dos, en cuyo encabezado se puede leer: “Un funcionario en apuros”.
(sic).
Oficio número D.P. 657/2002, de fecha primero de julio del año
dos mil dos, por el cual se hace del conocimiento del Profesor Gabriel
Chan Sabido, en lo personal y en su carácter de representante común
de los quejosos, la admisión y calificación de su queja.
Oficio número D.P. 658/2002 de fecha primero de julio del año
dos mil dos, por el cual este Organismo, solicita a la Licenciada Carmen
Zita Solís Robleda, Titular de la Secretaría de Educación
del Gobierno del Estado de Yucatán, el informe escrito de ley.
Oficio número SE-DJ- 1340/2002 de fecha veinticuatro de julio del
año dos mil dos, por el cual la Abogada María Isabel Corona
Cruz, en representación de la autoridad responsable manifiesta
a esta Comisión lo siguiente: “… En atención
a su oficio D.P. 658/2002 de fecha 1º de julio del año en
curso, y recibido en esta Secretaría el 9 de los corrientes, mediante
el cual solicita un informe escrito en relación con el procedimiento
administrativo utilizado para emitir la resolución que dio origen
a la Nota Mala impuesta a los Profrs. Gabriel Chan Sabido, Celia Herrera
García, Jacinta Garrido Ávila y Winston Tamayo Jiménez,
a que se refiere el expediente C.D.H.Y. 646/III/2002, me permito informarle
que la Secretaría de Educación tiene la facultad de imponer
a su personal las sanciones previstas en el Art. 71 del Reglamento de
las Condiciones Generales de Trabajo para el Personal de la Secretaría
de Educación Pública, concediéndoles el propio Reglamento
en el Art. 83 la oportunidad de recurrir dicha sanción ante el
funcionario que la ordenó y la resolución que se dicte no
admitirá recurso alguno dentro de la misma Secretaría quedando
expedito el derecho del trabajador para hacer uso de los recursos legales
que procedan. Para mayor abundamiento, adjunto envío a usted copia
certificada del oficio No. 1323/02 de fecha 17 de los corrientes, mediante
el cual el Director de Educación Secundaria nos remite un informe
de los hechos, así como copia certificada del reglamento de las
Condiciones Generales de Trabajo para los Trabajadores de la Secretaría
de Educación Pública. …” (sic). Asimismo, el
oficio anteriormente transcrito se encuentra acompañado en copias
certificadas de la documentación siguiente: I.- Oficio número
1323/02 de fecha diecisiete de julio del año dos mil dos, suscrito
por el Profesor Filiberto Pinelo Sansores, Director de Educación
Secundaria, por el cual manifiesta al a Directora Jurídica de la
Secretaría de Educación lo siguiente: “… En
respuesta a su oficio No. 1241/02 de fecha 10 de los corrientes, en el
que nos solicita enviarle informe escrito en relación con los hechos
motivo de la queja presentada ante la Comisión de Derechos Humanos
por los señores Gabriel Chan Sabido, Celia Herrera García,
Jacinta Garrido Avila y Winston Tamayo Jiménez, en contra de los
profesores José Manuel Vázquez Peraza, Ermilo Medina y Zapata
y Wilberth Burgos Camas, con motivo del procedimiento administrativo utilizado
para emitir la resolución que dio origen a la sanción de
una nota mala en agravio de los quejosos, le expresamos lo siguiente:
Hechas las investigaciones del caso, mediante interrogatorios efectuados
a algunos asistentes al evento en el que se suscitaron los acontecimientos
que motivaron las respectivas solicitudes de expedición de notas
malas en contra de los mencionado quejosos, hecha por el C. Jefe del Departamento
de Secundarias Generales, profesor José Manuel Vázquez Peraza
al C. Director de la Escuela Secundaria General Vespertina “Octavio
Paz”, Profesor Wilberth Burgos Camas, hemos llegado a la conclusión
de que desde el principio del evento hubo acciones de los quejosos que
muestran que había de su parte intenciones de crear un clima de
confrontación con el profesor Vázquez Peraza. Es así
que, cuando el conductor del evento presentó al funcionario, un
grupo de personas, no “el público en general”, como
dicen en su declaración los quejosos, en el que se encontraban
ellos, “comenzó a chiflar y a gritarle” improperios
al funcionario. De inmediato, uno de los miembros de ese grupo, la profesora
Jacinta Garrido Ávila, sin tener motivo alguno para hacerlo, pues
su comisión en el evento, según ella misma refiere, no era
la de conducirlo sino vigilar el orden, le arrebató el micrófono
al conductor del mismo, profesor Pastor Castro Herrera, para anunciar
la presencia en el acto del líder de su grupo, el profesor Gabriel
Chan Sabido, secretario general de la delegación sindical de la
escuela, mismo que, por razones laborales, ha tenido serias desavenencias
con el profesor Vázquez Peraza, lo que también motivó
abucheos y aplausos. Es de hacerse notar que el grupo formado por los
quejosos, ha mantenido una actitud de enfrentamiento con el profesor Vázquez
Peraza, por razones de carácter laboral desde bastante antes de
los hechos ocurridos en el evento que se señala en el escrito,
pues no ha estado de acuerdo con la distribución de unas horas
que quedaron vacantes en el plantel, hecha por el Departamento que aquél
preside. Como se hace constar en dos actas que adjunto, una de fecha 30
de enero y otra de 31 del mismo mes y año que corre, el grupo de
los quejosos, actuando por sí y ante sí, se tomó
la atribución de impedirle el paso al interior de la escuela arriba
mencionada a una maestra del plantel, la profesora Martha Sierra Sosa,
por no haber estado de acuerdo con su nombramiento. Los sucesos señalados
en las actas demuestran que el grupo que integran los quejosos no es inocente
víctima de atropellos, sino que ellos mismos los cometen. Según
testigos presenciales de los hechos ocurridos al término del citado
evento, cuando el profesor Vázquez, su familia y algunos acompañantes
se retiraban del sitio donde se realizó, el grupo de los quejosos,
al pasar aquél en su automóvil cerca de ellos, en el estacionamiento
del lugar, le gritaron algunas injurias como la de “adiós
culero”, “adiós maricón”, sin ninguna
consideración a su condición de autoridad educativa, sin
que, el de este modo, verbalmente, agredido, les hubiera dado respuesta.
Estas injurias dieron pie a que el Prof. Vázquez solicitara al
director de la escuela que les pusiera, por su comportamiento, una nota
mala a las cuatro personas que le faltaron al respeto. La emisión
de una nota mala para sancionar conductas inaceptables mientras se está
en una comisión del servicio se encuentra prevista en el artículo
77 del Reglamento de Condiciones Generales de Trabajo del personal de
la Secretaría de Educación Pública, que dice “La
falta de cumplimiento a las obligaciones que señalan las fracciones
(..) X (…) del artículo 25, dará lugar a la aplicación
de las Fracciones I y II del artículo en su caso, A JUICIO DEL
JEFE DE LA DEPENDENCIA EN QUE PRESTE SUS SERVICIOS EL TRABAJADOR”.
La fracción X del artículo 25 citado dice que “Son
obligaciones de los trabajadores: (…) X.- Abstenerse de denigrar
los actos de gobierno o fomentar por cualquier medio la desobediencia
a su autoridad”. Y la fracción II del artículo 71
del mismo Reglamento establece que “Las infracciones de los trabajadores
a los preceptos del este Reglamento, darán lugar a: II..- Notas
malas en la hoja de servicios”. Es potestad de la autoridad administrativa
hacer las solicitudes que considera convenientes a sus subordinados jerárquicos
para que éstos lleven a cabo las acciones que conduzcan a la aplicación
de las normas que regulan el servicio educativo. En el caso que nos ocupa,
el jefe del Departamento de Secundarias Generales, Prof. José Manuel
Vázquez Peraza, actuó de acuerdo con sus facultades de solicitar
al director de la Escuela Secundaria General “Octavio paz”,
Prof. Wilberth Burgos Camas, donde laboran los quejosos, y que fue quien
los comisionó para realizar tareas relacionadas con su función
como empleados y no como particulares, la aplicación de una nota
mala a dichas personas por haber incurrido en una transgresión
a las normas aplicables. …” (sic). II.- Acta de fecha treinta
y uno de enero del año dos mil dos suscrita por los Profesores
Elias Simón Vivas, Prefecto; Carlos Gruintal Cicero; Coordinador
Académico comisionado; Ermilo Medina y Zapata, Subdirector y Wilbert
Burgos Camas, Director, todos de la Escuela Secundaria General número
uno, “Octavio Paz”, levantada por diversos acontecimientos,
en contra de diversas personas. III.- Acta de fecha treinta de enero del
año dos mil dos suscrita por los Profesores Elias Simón
Vivas, Prefecto; Ermilo Medina y Zapata, Subdirector y Wilbert Burgos
Camas, Director, todos de la Escuela Secundaria General número
uno, “Octavio Paz”, levantada por diversos acontecimientos,
en contra de diversas personas. IV.- Reglamento de la Condiciones Generales
de Trabajo del Personal de la Secretaría de Educación Pública.
Acuerdo de fecha siete de agosto del año dos mil dos, por el cual
esta Comisión de Derechos Humanos declara abierto el período
probatorio por el término de treinta días.
Oficio número O.Q. 894/2002 de fecha siete de agosto del año
dos mil dos, por el que se notificó a Profesor Gabriel Chan Sabido,
en lo personal y en su carácter de representante común de
los quejosos, el acuerdo de la misma fecha dictado por esta Comisión
de Derechos Humanos.
Oficio número 895/2002 de fecha siete de agosto del año
dos mil dos, por el cual se notificó a la Titular de la Secretaría
de Educación Pública del Gobierno del Estado de Yucatán,
el acuerdo dictado por esta Comisión de Derechos Humanos, en la
propia fecha.
Actuación de fecha diez de agosto del año dos mil dos, en
la cual se hace constar el cómputo para la conclusión del
término probatorio de las partes involucradas en el expediente
de queja marcado con el número 646/III/2002.
Oficio número SE-DJ-1489/2002 de fecha cuatro de septiembre del
año dos mil dos, por el cual la Abogada María Isabel Corona
Cruz, ofrece las siguientes pruebas: 1.- Documental, consistente en copia
certificada y foliada del oficio número 1323/02 de fecha diecisiete
de julio del año dos mil dos, suscrito por el Profesor Filiberto
Pinelo Sansores, Director de Educación Secundaria, mismo documento
que se acompaña al oficio de referencia. 2.- Documental consistente
en copias certificadas y foliadas de los artículos veinticinco,
fracciones séptima, y décima; setenta y uno, fracción
segunda; y sesenta y siete del Reglamento de las Condiciones Generales
del Trabajo del personal de la Secretaría de Educación Pública,
mismos que sirvieron de sustento a la aplicación de la nota mala
a los quejosos, artículos que se acompañan al oficio de
mérito. 3.- Oficio SE-DJ-1340/2002, de fecha veinticuatro de julio
del año dos mil dos, ratificándose la oferente de la prueba
del contenido del mismo.
Actuación de fecha cuatro de septiembre del año dos mil
dos, por la cual esta Comisión de Derechos Humanos, tiene por recibido
de la Abogada María Isabel Corona Cruz, Directora Jurídica
de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado, su
oficio número SE-DJ-1489/2002 de la misma fecha, mediante el cual
ofrece pruebas de a favor de la autoridad señalada como responsable.
Escrito de fecha seis de agosto del año dos mil suscrito por el
Profesor Gabriel Chan Sabido, por medio del cual hace diversas manifestaciones
y ofrece las siguientes pruebas: I.- Reglamento de las Condiciones Generales
de Trabajo del Personal de la Secretaría de Educación Pública.
II.- Testimonial de los ciudadanos José Luis Grajales Vázquez,
Román Ayala Mena y Bulmaro Santiago Rojas Gutiérrez. III.-
Una hoja firmada por padres de familia de la Escuela General número
uno, donde se manifiesta que en ningún evento organizado por la
escuela y la sociedad de padres de familia se ha visto ingiriendo bebidas
embriagantes a los quejosos. IV.- Y todo cuanto se actúe en el
expediente y favorezca a los intereses de los quejosos. Asimismo, el escrito
de referencia se encuentra acompañado de la documentación
siguiente: I.- Copia fotostática simple del oficio número
doscientos cincuenta, de fecha diecisiete de mayo del año dos mil
dos, suscrito por el Director de la Escuela Secundaria General número
uno “Octavio Paz”, dirigido al Profesor Gabriel Chan Sabido,
por medio del cual le transcribe el oficio número doscientos sesenta
y cuatro, girado por el Departamento de Secundarias Generales, relacionado
con notas malas. II.- Copia fotostática simple del oficio número
doscientos cincuenta, de fecha diecisiete de mayo del año dos mil
dos, suscrito por el Director de la Escuela Secundaria General número
uno “Octavio Paz”, dirigido a la Profesora Jacinta Garrido
Ávila, por medio del cual le transcribe el oficio número
doscientos sesenta y cuatro, girado por el Departamento de Secundarias
Generales, relacionado con notas malas. III.- Copia fotostática
simple del oficio número doscientos cincuenta, de fecha diecisiete
de mayo del año dos mil dos, suscrito por el Director de la Escuela
Secundaria General número uno “Octavio Paz”, dirigido
a la Profesora Celia Herrera García, por medio del cual le transcribe
el oficio número doscientos sesenta y cuatro, girado por el Departamento
de Secundarias Generales, relacionado con notas malas. IV.- Copia fotostática
simple del oficio número doscientos cincuenta, de fecha diecisiete
de mayo del año dos mil dos, suscrito por el Director de la Escuela
Secundaria General número uno “Octavio Paz”, dirigido
al Profesor Winston Tamayo Jiménez, por medio del cual le transcribe
el oficio número doscientos sesenta y cuatro, girado por el Departamento
de Secundarias Generales, relacionado con notas malas. V.- Copia fotostática
simple de un escrito en el que se puede leer: “PADRES DE FAMILIA
QUE NUNCA HAN VISTO A LOS PROFRES. GABRIEL CHAN SABIDO, JACINTA GARRIDO
AVILA, WINSTON TAMAYO JIMENEZ Y CELIA HERRERA GARCIA, TOMANDO BEBIDAS
EMBRIAGANTES EN NINGUN EVENTO REALIZADO POR LA ESCUELA O SOCIEDAD DE PADRES
DE FAMILIA, FIRMAN PARA CONSTANCIA.”, este escrito se encuentra
firmado por lo señores José Luis Grajales V., Cristina Aquino
Molina, Martina Santana de Andrade, Miguel Andrade Martín, Román
Ávila Tamayo, entre otros. VI.- Copia fotostática simple
de una credencial para votar con fotografía, expedida por el Instituto
Federal Electoral, Registro Federal de Electores, a nombre de Ayala Mena
Román. VII.- Copia fotostática simple de una credencial
para votar con fotografía, expedida por el Instituto Federal Electoral,
Registro Federal de Electores, a nombre de Rojas Gutiérrez Bulmaro
Santiago. VIII.- Copia fotostática simple de una credencial para
votar con fotografía, expedida por el Instituto Federal Electoral,
Registro Federal de Electores, a nombre de Grajales Vázquez José
Luis. IX.- Copia fotostática simple del Reglamento de las Condiciones
Generales de Trabajo del Personal de la Secretaría de Educación
Pública. X.- Copia fotostática simple de una credencial
para votar con fotografía, expedida por el Instituto Federal Electoral,
Registro Federal de Electores, a nombre de Chan Sabido Gabriel.
Acuerdo de fecha seis de septiembre del año dos mil dos, por el
que esta Comisión de Derechos Humanos, procede a la admisión
de las pruebas ofrecidas por el Profesor Gabriel Chan Sabido en los siguientes
términos: 1.- Documental Pública, consistente en el Reglamento
de las Condiciones de Trabajo del Personal de la Secretaría de
Educación Pública; II.- Testimonial de los ciudadanos Bulmaro
Santiago Rojas Gutiérrez, Román Ayala Mena y José
Luis Grajales Vázquez. III.- Documental privada consistente en
una hoja simple donde obran las firmas de diversos padres de familia de
alumnos de la Escuela Secundaria General número uno, prueba en
la que se aprecia la manifestación de los firmantes en el sentido
de que en ningún evento organizado por la escuela y la sociedad
de padres de familia han visto ingerir bebidas embriagantes a los quejosos.
Respecto de las pruebas ofrecidas por la autoridad señalada como
presunta responsable, se tiene: I.- Documental Pública, consistente
en copia fotostática certificada y foliada del oficio número
1323/02 de fecha diecisiete de julio del año dos mil dos, suscrito
por el Profesor Filiberto Pinelo Sansores, Director de Educación
Secundaria. II.- Documental pública, consistente en copias certificadas
y foliadas de los artículos veinticinco, fracciones séptima
y décima; setenta y uno, fracción II, y setenta y siete,
del Reglamento de las Condiciones Generales del Trabajo del Personal de
la Secretaría de Educación Pública; III.- Documental
Pública, consistente en el informe contenido en el oficio SE-DJ-1340/2002
de fecha veinticuatro de julio del año dos mil dos.
Las pruebas antes relacionadas serán valoradas en su oportunidad
en términos de lo establecido en el artículo 63 de la Ley
de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán.
Comparecencia del ciudadano Román Ayala Mena, a efecto de
rendir su correspondiente declaración en torno a los hechos que
se investigan y en la cual señaló: “... compareció
de manera espontánea el señor Román Ayala Mena, intendente
de la Escuela Secundaria General Número Uno, Octavio Paz, turno
vespertino ... por sus generales manifestó llamarse como queda
escrito, ser natural de esta Ciudad de Mérida, Yucatán,
de treinta y tres años de edad, con domicilio en el predio número
ciento treinta y ocho de la calle seis letra “A” por veintinueve
de la colonia San Antonio Kaua II, de esta ciudad; acto seguido se hizo
del conocimiento del señor Román Ayala Mena, el motivo de
su comparecencia, seguidamente en uso de la voz el declarante expresó:
que en relación a los hechos expresados en la queja en la que declara,
éstos los conoce y sabe en razón de que estuvo presente
durante el desarrollo del mismo, ya que fue comisionado para vigilar el
área de venta de cervezas; que el día veintiocho de abril
del año en curso, la sociedad de padres de familia organizó
un evento taurino, motivo por el cual solicitó el apoyo de la Dirección
de la citada escuela para llevar a cabo dicho evento, por lo que la mencionada
dirección procedió a informar de dicha actividad a todos
los profesores y al declarante solicitando el apoyo para que se lleva
a cabo dicha actividad; que el día en que se llevó a cabo
el citado festival éste estaba programado para que empezara a las
catorce o quince horas del día, siendo el caso que ya eran las
dieciséis horas del día y el evento no había empezado;
que el declarante no vio cuando llegó el jefe del departamento
de secundarias generales del Estado, José Manuel Vázquez
Peraza, que cuando las profesoras Guadalupe Vargas y Rosalba Paredes,
procedieron a presentar ante la sociedad de padres de familia de la citada
escuela y del público en general, al profesor José Manuel
Vázquez Peraza, vio a la citada autoridad educativa, asimismo escuchó
que éste fuera rechiflado por los más de doscientas gentes
reunidas en dicho evento, inconformes porque el mencionado evento ya se
había retrasado dos horas; el evento continuó y el profesor
José Manuel Vázquez Peraza regresó a la mesa asignada
donde el declarante vio que varios profesores les llevaron cervezas al
profesor José Manuel Vázquez Peraza, siendo uno de ellos
el profesor Jorge Laviada, mismas que consumió; que el declarante
se retiró como a las diecinueve horas con treinta minutos de la
noche, y el Jefe del Departamento de Secundarias permaneció consumiendo
bebidas embriagantes, que durante el desarrollo del citado evento ningún
profesor de la citada escuela ingirió bebidas embriagantes, siendo
que la única autoridad que consumió cervezas fue el señor
José Manuel Vázquez Peraza, ya que los mencionados profesores
tenían que quedar bien con dicha autoridad, ya que éste
tiene la facultad de otorgar horas extras, horas base, cambios de plazas,
permutas de escuelas, por lo que se le daba comida y cerveza a manos llenas,
para que en un dado caso pudiera ayudar a los profesores del citado plantel;
que el declarante nunca escuchó que los quejosos insulten a las
autoridades educativas, ya que dicha autoridad fue rechiflada por el público
en general, siendo todo lo que tiene que expresar en relación a
los hechos de la queja que se investiga ...”.
Comparecencia de fecha diecisiete de septiembre del año dos mil
dos del ciudadano Bulmaro Santiago Rojas Gutiérrez, a efecto de
rendir su correspondiente declaración en torno a los hechos que
se investigan y en la cual señaló: “... compareció
de manera espontánea el señor Bulmaro Santiago Rojas Gutiérrez
profesor de escuela secundaria ... que el relación a los hechos
expresados en la queja en la que declara, éstos los conoce y sabe
en razón de que estuvo presente durante el desarrollo del mismo,
y que es profesor de la Escuela Secundaria General Número Uno,
Octavio Paz, turno vespertino; que el día veintiocho de abril del
año en curso, la sociedad de padres de familia organizó
un evento taurino, motivo por el cual solicitó el apoyo de la dirección
de la citada escuela para llevarse a cabo dicha actividad; que el día
en que se llevó a cabo el citado festival, éste estaba programado
para que empezara a las catorce o quince horas del día, siendo
el caso que ya eran las dieciséis horas del día y el evento
no había empezado; cabe hacer mención que el Jefe del Departamento
de Secundarias Generales del Estado, José Manuel Vázquez
Peraza, llegó a dicho evento siendo aproximadamente las trece horas
con cincuenta minutos de ese día, acompañado de una profesora
y su hija menor de edad; que siendo las dieciséis horas con treinta
minutos del día ya mencionado, cuando las profesoras Guadalupe
Vargas y Rosalba Paredes, procedieron a presentar ante la sociedad de
padres de familia de la citada escuela y del público en general
, al profesor José Manuel Vázquez Peraza, dando como resultado
que éste fuera rechiflado por los más de doscientas gentes
reunidas en dicho evento, inconformes porque el mencionado evento ya se
había retrasado tres horas; el evento continuó y el profesor
José Manuel Vázquez Peraza regresó a la mesa asignada
donde continuó consumiendo bebidas embriagantes; que habiendo concluido
el evento, a las dieciocho horas con treinta minutos del citado día,
los quejosos y el declarante continuaron con las labores que les fueron
asignadas, observando el declarante que el profesor José Manuel
Vázquez Peraza continuaba bebiendo cervezas, momentos después
llegó el director de la mencionada escuela, procediendo a saludar
al Jefe del Departamento de Escuelas Secundarias Generales, retirándose
en ese mismo acto para reunirse con los padres de familia que habían
realizado dicho evento; que siendo las diecinueve horas con cuarenta y
cinco minutos de la noche, cuando el profesor Vázquez Peraza, se
retiró del lugar, sin despedirse de nadie, y con caminar lento
y torpe, según criterio del declarante, el citado profesor se encontraba
alcoholizado. Que los hechos ya narrados los sabe y le constan ya que
se encontraba a veinte metros de distancia de la mesa donde se encontraba
el profesor José Manuel Vázquez Peraza, y que durante el
desarrollo del citado evento ningún profesor de la mencionada escuela
ingirió bebidas embriagantes, siendo la única autoridad
que consumió cervezas desde que llegó al evento fue el señor
José Manuel Vázquez Peraza...”.
Comparecencia de fecha quince de noviembre del año dos mil dos
del ciudadano José Luis Grajales Vázquez, a efecto de rendir
su declaración en torno a los hechos que se investigan y en la
cual señaló: “... Que con relación a los hechos
ocurridos el día veintiocho de abril del año en curso, éstos
los conoce y sabe en razón de que estuvo presente durante el desarrollo
del mismo, ya que el compareciente se encontraba sentado enfrente del
lugar donde vendían cervezas y a unos metros de la mesa que ocupaba
el profesor José Manuel Vázquez Peraza alias Shogun, quien
llegó aproximadamente a las quince horas con treinta minutos, y
que además vio que llegando dicho maestro de inmediato le comenzaron
a servir cervezas, que cuando llegó el momento en que fueron presentadas
las autoridades educativas al público, las personas que se encontraban
en el lugar comenzaron a chiflar a las citadas autoridades, no pudiendo
percatarse si los maestros estaban chiflando, ya que el griterío
era general; seguidamente el referido maestro Shogun regresó a
su mesa, que durante el desarrollo del citado evento el mencionado profesor
estuvo ingiriendo cervezas, mismas que le eran servidas y en otras ocasiones
él mismo acudía a buscarlas en el puesto donde las vendían,
y que en las ocasiones en que se levantaba de su mesa al parecer para
ir al baño, éste se estaba cayendo y su caminar era torpe,
lo cual indicaba que estaba borracho, que los acompañantes del
multicitado profesor Shogun que estaban en su mesa también ingerían
cervezas, siendo uno de ellos la profesora Sandra López; que llegado
el momento en que concluyó el evento el compareciente procedió
a retirarse despidiéndose de los maestros, quejosos en el presente
caso, pudiendo percatarse que ninguno de ellos tenía la apariencia
de haber ingerido cerveza alguna o estar en estado inconveniente ...”.
Acuerdo de fecha veintiocho de noviembre el año dos mil dos, por
el que esta Comisión de Derechos Humanos, ordena comisionar a un
Visitador de este Organismo, a efecto de que se constituyera al local
que ocupa la Escuela Secundaria General Número 1 Octavio Paz, con
la finalidad de entrevistar a padres de familia, de alumnos de esa institución,
que pudieran proporcionar información en relación a los
hechos investigados.
Acta circunstanciada de fecha veintiuno de febrero del año dos
mil tres, por la que un Visitador de este Organismos, se constituyó
a las puertas del local que ocupa la Escuela Secundaria General número
uno Octavio Paz, a efecto de dar cumplimiento al acuerdo de fecha veintiocho
de noviembre del año dos mil dos, dictado por este Órgano
Protector.
Acuerdo de fecha tres de marzo del año dos mil tres, por el que
esta Comisión de Derechos Humanos, ordena solicitar a la Secretaría
de Educación del Gobierno del Estado, un informe adicional en el
que proporcionara copias fotostáticas certificadas de las investigaciones
e interrogatorios efectuados por esa autoridad educativa, tendientes a
esclarecer los hechos que dieron motivo a la expedición de una
nota mala a los Profesores Gabriel Chan Sabido, Celia Herrera García,
Jacinta Garrido Ávila y Winston Tamayo Jiménez.
Actuación de fecha veintiuno de febrero del año dos mil
tres, por la cual se tiene por recibido de un Visitador de esta Comisión
de Derechos Humanos del Estado, su acta circunstanciada de fecha veintiuno
de febrero del año dos mil tres.
Oficio número O.Q. 748/2003 de fecha seis de marzo del año
dos mil tres, por el que se hace del conocimiento de la Titular de la
Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán,
el acuerdo dictado por esta Comisión de Derechos Humanos en la
misma fecha.
Actuación de fecha primero de abril del año dos mil tres,
por el que esta Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán,
tiene por recibido de la Abogada María Isabel Corona Cruz, Directora
del Departamento Jurídico de la Secretaría de Educación
Pública del Gobierno del Estado, su oficio número SE-DJ/627/03,
de fecha treinta y uno de marzo del año dos mil tres, por medio
del cual rinde el informe complementario que le fuera solicitado.
Oficio número SE-DJ/627/03 de fecha treinta y uno de marzo del
año dos mil tres, por el que la Directora Jurídica de la
Secretaría de Educación del Gobierno del Estado, manifiesta
a esta Comisión de Derechos Humanos lo siguiente: “…
adjunto envío a usted, copias certificadas del oficio No. 470/03
de fecha 28 de los corrientes suscrito por el Prof. Filiberto Pinelo Sansores
Director de Educación Secundaria, así como de los anexos
que se acompañan al mismo, consistentes en 3 actas de fechas 30
de abril, 2 y 3 de mayo del año 2002, mediante las cuales comparecen
y declaran los C.C. Luis Chablé Ko, Rebeca Ancona Burgos y Pastor
Castro Herrera respectivamente, con relación a los hechos ocurridos
el día 28 de abril en un coso taurino donde se realizó un
evento organizado por la Dirección de la Escuela Secundaria General
“Octavio Paz”, en el que en virtud de las conductas asumidas
por los quejosos en dicho evento, y con fundamento en la Normatividad
que rige a los trabajadores de esta Secretaría de Educación
se les impuso una Nota Mala, motivo de la queja que nos ocupa. …”
(sic). Asimismo el oficio anteriormente referido, se encuentra acompañado
de la documentación siguiente: I.- Oficio número 470/03
de fecha veintiocho de marzo del año dos mil tres, suscrito por
el Profesor Filiberto I. Pinelo Sansores, Director de Educación
Secundaria. II.- Acta de fecha tres de mayo del año dos mil dos,
por la que compareció el ciudadano Pastor Castro Herrera, ante
el Director de Educación Secundaria a efecto de declarar en torno
a los sucesos ocurridos el día veintiocho de abril del año
dos mil dos, en un coso taurino donde se realizó un evento organizado
por la dirección de la Escuela Secundaria General “Octavio
Paz”, a beneficio de la misma. III.- Acta de fecha treinta de abril
del año dos mil dos, por la que compareció el ciudadano
Luis Chablé Ko, ante el Director de Educación Secundaria
a efecto de declarar en torno a los sucesos ocurridos el día veintiocho
de abril del año dos mil dos, en un coso taurino donde se realizó
un evento organizado por la dirección de la Escuela Secundaria
General “Octavio Paz”, a beneficio de la misma. IV.- Acta
de fecha dos de mayo del año dos mil dos, por la que compareció
la ciudadana Rebeca Ancona Burgos, ante el Director de Educación
Secundaria a efecto de declarar en torno a los sucesos ocurridos el día
veintiocho de abril del año dos mil dos, en un coso taurino donde
se realizó un evento organizado por la dirección de la Escuela
Secundaria General “Octavio Paz”, a beneficio de la misma.
Acuerdo de fecha nueve de abril del año dos mil tres, por el cual
esta Comisión de Derechos Humanos ordenó poner a la vista
de los quejosos, por conducto de su representante común, Profesor
Gabriel Chan Sabido, dentro del término de diez días naturales,
contados a partir del día siguiente de la notificación del
acuerdo, el informe rendido por la Secretaría de Educación
Pública del Gobierno del Estado, para que alegaran lo que a su
derecho correspondiera.
Escrito de fecha veintiocho de marzo del año dos mil tres, suscrito
por la Profesora Jacinta Garrido Ávila, por el que solicita a esta
Comisión de Derechos Humanos copia certificada del acuerdo tomado
el día tres de marzo del año dos mil tres.
Acuerdo de fecha treinta y uno de marzo del año dos mil tres, por
el que esta Comisión de Derechos Humanos, acuerda expedir las copias
solicitadas por la profesora Jacinta Garrido Ávila.
Escrito de fecha primero de abril del año dos mil tres, suscrito
por la Profesora Jacinta Garrido Ávila, por medio del cual hace
diversas manifestaciones a esta Comisión de Derechos Humanos.
Escrito de fecha dieciséis de marzo del año dos mil tres,
suscrito por el Profesor Gabriel Chan Sabido, por el que solicita a esta
Comisión de Derechos Humanos copia certificada del acta de fecha
catorce de abril del año dos mil tres.
Acuerdo de fecha diecisiete de abril del año dos mil tres, por
el que esta Comisión de Derechos Humanos, acuerda expedir las copias
solicitadas por el Profesor Gabriel Chan Sabido.
Constancia de fecha veinticuatro de abril del año dos mil tres,
en la que aparece el acuse de recibo por parte de la Profesora Jacinta
Garrido Ávila de las copias, por ella solicitadas.
Actuación de fecha catorce de abril del año dos mil tres,
por la cual se pone a la vista del profesor Gabriel Chan Sabido, el informe
rendido por la Directora Jurídica de la Secretaría de Educación,
mediante el oficio número SE-DJ/627/03, de fecha treinta y uno
de marzo del año dos mi tres.
Constancia de recepción de copias de fecha catorce de abril del
año dos mil tres, suscrita por el profesor Gabriel Chan Sabido.
Escrito de fecha veinticinco de abril del año dos mi dos, suscrito
por el profesor Gabriel Chan Sabido, por medio del cual hace diversas
manifestaciones a esta Comisión de Derechos Humanos, respecto del
informe que le fuera puesto a la vista en fecha catorce de abril del año
dos mil tres.
Actuación de fecha veinticinco de abril del año dos mil
tres, en la cual esta Comisión de Derechos Humanos, tiene por recibido
del profesor Gabriel Chan Sabido, su escrito de la misma fecha.
IV.- VALORACIÓN JURÍDICA:
En primer lugar debe decirse que esta Comisión es competente para
conocer de la controversia planteada en virtud de la naturaleza administrativa
del procedimiento sancionatorio seguido en contra de los quejosos, pues
si bien es cierto que entre éstos y la autoridad responsable existe
una relación obrero patronal; también es cierto que los
actos de la Secretaría de Educación Pública son igualmente
de naturaleza administrativa, y más, tratándose de procedimientos
en los cuales debe de prevalecer en todo momento los principios de audiencia
y seguridad jurídica establecidos en los artículos 14 y
16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
como lo constituyen en el presente caso, las actas administrativas de
fechas treinta de abril, dos y tres de mayo del año dos mil dos,
así como en los diversos oficios que contienen la transcripción
una nota mala impuesta a los quejosos. No es óbice para lo anterior
el hecho de que los quejosos ejerciten por las vías que crean convenientes
sus derechos en términos de lo establecido en el artículo
50 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán.
Una vez establecida la competencia de este Organismo, con base en los
principios de la lógica, experiencia y legalidad a que se refiere
el artículo sesenta y tres de la Ley de la Comisión de Derechos
Humanos del Estado, debe decirse que les asiste parcialmente la razón
a los quejosos Gabriel Chan Sabido, Celia Herrera García, Jacinta
Garrido Ávila y Winston Tamayo Jiménez en atención
al siguiente razonamiento: El artículo 74 del Reglamento de las
Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la Secretaría
de Educación Pública establece que “Previa justificación
las notas malas serán impuestas por el Departamento de personal,
con notificación al afectado y a solicitud en su caso, de la dependencia
donde presta sus servicios el trabajador”; a su vez, el artículo
14 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación
del Estado de Yucatán establece en su fracción V que: “Artículo
14.- Corresponde a la Dirección de Educación Secundaria:
I... II... III... IV... V. Supervisar, en términos de la Ley de
Educación del Estado, que los servicios de educación secundaria
prestados por las escuelas secundarias generales, técnicas, telesecundarias |